El Real Decreto-ley 14/2022 y cómo afecta a las empresas

El panorama geopolítico que está dibujando la guerra de Ucrania, sus consecuencias en la economía y la situación actual que vivimos con el cambio climático hace que sea necesario realizar cambios en nuestro modo de vida. Cambios que contribuyan a la sostenibilidad del planeta y a la eficiencia energética. Con esta idea el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 14/2022 del 1 de agosto que recoge una serie de medidas que serán de obligado cumplimiento hasta noviembre de 2023. 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 2 de agosto publica las medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

Principales puntos del Real Decreto-ley 14/2022

Dicho plan de ahorro energético afecta prácticamente a todas las empresas que tendrán que cumplir con la nueva normativa para conseguir, como señala el Gobierno, hacer un mejor uso de los recursos energéticos. 

Entre las medidas a adoptar y en las que el sistema de monitorización de Pulsar contribuye a optimizar y facilitar su gestión destacan las que se recogen en el artículo 29

Condiciones de temperatura

El apartado 1 del Real Decreto-ley 14/2022 (RDL) especifica las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos. Dichas temperaturas son: 

  • La temperatura de la calefacción no será superior a 19 ºC
  • La temperatura del aire acondicionado no será inferior a 27ºC.
  • Las condiciones de temperatura estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa entre el 30% y el 70%

Estas medidas son aplicables a  los edificios y locales destinados a los siguientes usos: 

  • Administrativo.
  • Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.
  • Pública concurrencia:
    • Culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares
    • Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas.
    • Restauración: bares, restaurantes y cafeterías.
    • Transporte de personas: estaciones y aeropuertos.

Entrada en vigor: 10 agosto. 

Carteles informativos

En el apartado 2 del RDL se establece que los recintos habitables acondicionados deberán informar a los usuarios y trabajadores de las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético. Para ello deben instalar carteles informativos o pantallas que deben contener información relativa a la temperatura, humedad, apertura de puertas y regímenes de revisión y mantenimiento regulados en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE).

Entrada en vigor:  2 de septiembre.

Sistema de cierre de puertas

Se establece que los edificios y locales con acceso desde la calle dispondrán de un sistema de cierre de puertas adecuado, el cual podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático de las puertas, con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentemente, con el consiguiente despilfarro energético por las pérdidas de energía al exterior, independientemente del origen renovable o no de la energía utilizada para la generación de calor y frío por parte de los sistemas de calefacción y refrigeración.

Entrada en vigor: antes del 30 de septiembre

Iluminación

El punto 4 del artículo 29 del RDL recoge que la iluminación de los escaparates deberá mantenerse apagada a partir de las 22 horas. También es aplicable a la iluminación de edificios públicos que se encuentren desocupados a dicha hora. 

Entrada en vigor:  10 de agosto

Inspecciones de eficiencia energética

El artículo 5 explica que las instalaciones que tengan obligación de cumplir con las inspecciones de eficiencia energética y cuya última inspección se haya realizado con anterioridad al 1 de enero de 2021, deberán adelantar de forma puntual la siguiente inspección para cumplir con dichas obligaciones antes del 1 de diciembre de 2022. Las inspecciones deberán cumplir con el Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE), y deben cumplir con la obligación de incluir en el informe de inspección recomendaciones para mejorar, atendiendo a la  rentabilidad, la eficiencia energética de la instalación inspeccionada.